Fechas Importantes
Fecha de inicio |
Fecha de finalización |
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Publicación de plazas vacantes |
07/03/2025 |
07/03/2025 |
Plazo de presentación solicitudes periodo ordinario |
14/03/2025 |
31/03/2025 |
Publicación del baremo provisional |
12/05/2025 |
12/05/2025 |
Reclamaciones al baremo: familias reclaman y subsanan |
13/05/2025 |
21/05/2025 |
Sorteo para dirimir empates |
29/05/2025 |
29/05/2025 |
Listados de adjudicación de plaza escolar para el curso 2025/2026 |
24/06/2025 |
24/06/2025 |
El proceso de admisión al que nos referimos es el que se aplica al alumnado que pretende cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria , bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta.
Se gestionará así mismo, la admisión de primer ciclo de educación infantil (1-2 años y 2-3 años) cuyos centros tengan continuidad de las enseñanzas (segundo ciclo de educación infantil).
El proceso de admisión han requerido contar con un soporte normativo, y mecanismos que contribuyan a una mayor calidad en la gestión del mismo y, en este sentido, se establece un completo catálogo de principios reguladores del proceso que, además de la garantía de acceso a la enseñanza o la libre elección de centro, incide en la no discriminación, en la igualdad en la aplicación de las normas, en la calidad educativa, en la igualdad de oportunidades y la cohesión social.
La Ley Orgánica2/2006, de 3 de mayo ed Educación (LOE), regula en el título II capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados. Este capítulo se ha visto afectado por la modificación que la citada ley orgánica ha efectuado la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre (LOMLOE).
En cuanto a disposiciones de carácter general, está constituido por:
La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2025, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, por la que se concreta la gestión del proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León para cursar en el curso 2025-2026 enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta, sostenidas con fondos públicos de la Administración de Castilla y León.
La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:
Proceso ordinario PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Del 14 al 31 de marzo de 2025 |
Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas. |
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Período NO ordinario "Excepcionalidad" PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Del 14 de julio al 29 de agosto de 2025 |
Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales
Procedimiento simplificado de cambio de centro |
Los niños/as que quieran acceder al segundo curso (1-2 años) o al tercer curso (2-3 años) de primer ciclo de educación infantil o cambiar de centro presentarán una única solicitud si desean optar tanto a Escuelas infantiles de titularidad de la Junta de Castilla y León , Centros de educación infantil y primaria (CEIP) , Centros de educación Obligatoria (CEO) o Centros que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas.
La presentación de solicitud de plaza escolar en el período ordinario será única para todos los centros docentes incluidos en este proceso de admisión y se realizará utilizando preferentemente el formulario web específico, este puede ser utilizado tanto si se dispone de certificado electrónico cómo sino se dispone de ello.
"El formulario se activará en el plazo establecido de presentación de solicitudes"
Al finalizar de cumplimentar el formulario web, se mostraran 2 opciones:
a) "Acreditación electrónica de al menos uno de los solicitantes"
Con carácter general, en el formulario web de solicitud se consignarán como solicitantes ambos progenitores o tutores legales del alumno.
En caso de poder acreditar electrónicamente la identidad de al menos uno de los solicitantes –que deberá figurar como «solicitante 1»– mediante certificado electrónico o DNI electrónico, la cumplimentación de la solicitud proseguirá y será necesario adjuntar una declaración responsable de conformidad con la solicitud firmada por el otro progenitor.
Una vez finalizada la cumplimentación y adjunta la documentación correspondiente, la solicitud será remitida de forma automática al centro docente solicitado en primera opción y el registro electrónico emitirá de forma automática un resguardo acreditativo de la prestación, consistente en una copia auténtica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen la misma. Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de la presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o la aparición de un mensaje de error o deficiencia de transmisión implica que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.
Declaración responsable Solicitud web 2025
La declaración responsable será firmada por el progenitor/a, /tutor/a, que no hubiese cumplimentado la solicitud si lo hubiera.
Para ello deberá descargarla, y una vez firmada, incorporarla como documentación adjunta.
https://www.ae.jcyl.es/reqae2/
b) " NO se dispone de acreditación electrónica "
De no poder acreditar electrónicamente la identidad por los citados medios, al finalizar la cumplimentación del formulario web se generará una copia de la solicitud que será necesario imprimir, firmar por ambos solicitantes en su caso, y entregar presencialmente en el centro docente solicitado en primera opción junto con toda la documentación acreditativa que corresponda, tras lo que la solicitud adquirirá el estado de formalmente presentada.
Formato papel "no se dispone de medios telemáticos"
Para aquellos casos en los que no resulte posible el uso del formulario, en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación se dispondrá de solicitudes en formato impreso. Estas solicitudes se cumplimentarán manuscritas, firmarán y presentarán de forma presencial en el centro docente elegido como primera opción, junto con la documentación acreditativa que corresponda.
La presentación de la solicitud de admisión implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia, y familia numerosa cuando hayan sido reconocidas por la Comunidad de Castilla y León, o trabajador de centro sostenido con fondos públicos cuando preste sus servicios en esta Comunidad.
Siendo necesario la alegación + la autorización expresa en la verificación de datos de Renta y Discapacidad en el caso de ser necesario su baremo.
El código de nuestro centro es el 47003878.
Documentación que se debe aportar
Junto con la solicitud se enviará digitalizada la siguiente documentación:
Copia del libro de familia o de la certificación del Registro Civil. Para los solicitantes extranjeros comunitarios que no dispongan de libro de familia certificado original de registro de ciudadano de la Unión Europea expedido por el Registro Central de Extranjeros de la comisaría provincial que corresponda o equivalente. En caso de solicitantes extranjeros no comunitarios, se aportará la documentación acreditativa de la filiación del alumnado traducida al castellano.
Matrícula en centros docentes para cursar enseñanzas sostenidas con fondos públicos Curso 2025/2026
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